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Se prevé una modalidad de contratación indefinida denominada contrato de fomento del empleo, aplicable a los siguientes colectivos:
En el caso de contratos de fomento del empleo, la indemnización a abonar en caso de despido objetivo declarado o reconocido improcedente asciende a 33 días de salario por año de servicios (en lugar de 45 días de salario por año de servicio que es la regla general).
Adicionalmente, el Fondo de Garantía Salarial abonará directamente 8 días de salario por año de servicio como parte de la indemnización de los contratos de carácter indefinido, celebrados después del 18 de junio de 2010, cuando se extingan por despidos objetivos, despidos colectivos o en procedimientos concursales, siempre que el contrato haya tenido una duración que supere un año.
Para ampliar información, puede descargarse el siguiente documento:
Ayudas e incentivos a la inversión
(2596kb.)
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Última actualización: 12|07|2010

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