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Establecerse en España

Sociedad Anónima europea (SE)

    Características:

    La SE ofrece a las sociedades que operan en varios Estados miembros la opción de estar establecidas como una sola sociedad a efectos de la legislación de la UE y de ser capaces de operar en la misma de acuerdo con un sistema de administración y declaración unificado. Para las sociedades que actúen en diferentes Estados miembros, la SE ofrece la posibilidad de reducir sus costes administrativos con una estructura legal adaptada a los Reglamentos Comunitarios.

    El capital suscrito no podrá ser inferior a 120.000 euros. Su constitución puede realizarse mediante fusión, constitución de una SE holding, creación de una SE filial o transformación de una S.A. existente. Debe inscribirse en el Registro Mercantil correspondiente a su domicilio social. Los órganos de administración son: (i) la Junta General de Accionistas; y (ii) o bien un órgano de administración (Sistema Monista) o bien un órgano de dirección y un órgano de control (Sistema Dual). La responsabilidad de los accionistas está limitada, en principio, al capital suscrito.

    Trámites legales

    Para la constitución de una SE: Similar a la SA.

    Para más información sobre establecimiento de una empresa en España, puede descargarse los siguientes documentos:

    253 Kb Establecimiento en España (253kb.)

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    235 Kb Legislación en materia de Sociedades (235kb.)

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    303 Kb Sistema financiero español (303kb.)

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    265 Kb Aspectos contables y auditoría (265kb.)

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    Elaborado por:

    GARRIGUES


    Versión impresa

     

    Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

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