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Noticias

30|09|2008 · 

España recibió 30.323 millones de euros de inversión extranjera en el primer semestre de 2008

Según los datos del Registro de Inversiones Exteriores, analizados por Invest in Spain, la IED bruta recibida en ese semestre fue de 30.323 millones de euros, cifra que supone un 490% más que durante el mismo periodo del año anterior.

30|09|2008 · 

Santiago Cortés, presidente de HP España, personalidad europea del año

FDI, revista líder mundial en el sector de inversiones extranjeras y perteneciente al grupo Finantial Times, ha declarado a Santiago Cortés, presidente de HP en España, como personalidad europea del año.

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FAQ's

Marco jurídico

  1. ¿Cuál es el régimen de Propiedad Intelectual aplicable en España?
  2. ¿Cuál es el régimen de Propiedad Industrial aplicable en España?

1. ¿Cuál es el régimen de Propiedad Intelectual aplicable en España?

El texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, regula la propiedad intelectual en España.

La propiedad intelectual protege las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas en cualquier medio, tales como libros, escritos, composiciones musicales, obras dramáticas, coreografías, obras audiovisuales, esculturas, obras pictóricas, planos, maquetas, mapas, fotografías, programas de ordenador y bases de datos. También protege las interpretaciones artísticas, los fonogramas, las grabaciones audiovisuales y las emisiones de radiodifusión.
No es necesario registrar una obra para protegerla. La inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual es voluntaria. Es conveniente, sin embargo, indicar la reserva de derechos y el símbolo ©, en el caso de una obra o prestación o el símbolo , si se trata de fonogramas.
Si se realiza la inscripción en Registro, además de obtener una prueba cualificada de que los derechos inscritos existen y pertenecen a su titular, salvo que se demuestre lo contrario, se obtiene publicidad de los derechos inscritos.
El plazo general de los derechos de explotación de la obra es la vida del autor y setenta años después de su muerte. Existen otros plazos para los derechos morales y para otras prestaciones.

Para registrar una obra o prestación, se debe presentar una solicitud ante el Registro de la Propiedad Intelectual y pagar una tasa.

Más información: www.mcu.es

Para mayor información haga clic aquí.

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2. ¿Cuál es el régimen de Propiedad Industrial aplicable en España?

En España, el organismo que otorga los títulos de propiedad industrial es la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

Existen diversos tipos de protección: patentes, certificados complementarios de protección, modelos de utilidad, modelos y dibujos industriales, topografías de productos semiconductores, marcas, nombres comerciales y rótulos de establecimiento. Cada uno de ellos difiere de los demás en los trámites a seguir para obtener el título y la vigencia de éste, entre otros detalles.

Los trámites de solicitud de un registro se realizan ante la Oficina Española de Patentes y Marcas del Ministerio Ciencia y Tecnología (www.oepm.es):
C/ Panamá, 1
28071 Madrid
Teléfono 0034-91- 349 53 00 (centralita)
Fax 0034-91- 349 55 97
Correo electrónico de difusión: difusión@oepm.es
Correo electrónico de información: informacion@oepm.es

Las solicitudes de registro pueden hacerse directamente por el interesado o bien a través de un Agente Oficial de la Propiedad Industrial.

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Versión impresa

 

Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

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